La CMT permite a Telefónica subir la cuota de abono hasta el IPC...
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La CMT permite a Telefónica subir la cuota de abono hasta el IPC como máximo
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MADRID, 27 Dic.
El consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha aprobado este jueves una resolución por la que ratifica la propuesta que permite a Telefónica aumentar la cuota de abono hasta el IPC como máximo entre los años 2013 y 2016.
En esta resolución, en la que el organismo analiza el mercado minorista, la CMT establece que el precio de la cuota de abono, situado actualmente en 13,974 euros mensuales y que lleva 'congelado' cinco años, "podrá ser actualizado como máximo con el IPC hasta 2016 inclusive".
"Dado que la próxima revisión de este mercado deberá hacerse antes de dicha fecha, queda salvaguardado este nivel de precios al menos hasta dicha revisión, momento en el que la CMT podrá volver a analizar y pronunciarse sobre el mismo", añade el regulador.
La cuota de abono, conocida popularmente como 'alquiler de línea' y congelada desde 2008, era el único precio minorista que hasta ahora continuaba estableciendo el regulador.
La CMT ha propuesto dejar de establecer cuánto costará la cuota de abono tras comprobar en un análisis del mercado minorista de acceso a la telefonía fija que la situación competitiva "ha mejorado sustancialmente, en particular, por la presión de los servicios empaquetados".
En su análisis, el regulador concluye que Telefónica, a pesar de que continúa ostentando una posición de relevancia en el mercado, su cuota en el mercado residencial de acceso a la telefonía fija ha caído hasta el 54 por ciento, desde el 74,8 por ciento que tenía en 2007, mientras que en banda ancha residencial su cuota se sitúa actualmente en torno al 43 por ciento, desde el 48,8 por ciento en 2007.
A pesar de desregular el precio de la cuota de abono, la CMT seguirá manteniendo a Telefónica obligaciones como las de comunicar sus tarifas y promociones previamente a su lanzamiento al mercado, analizará las ofertas de la operadora para comprobar que no se producen prácticas anticompetitivas (estrechamiento de márgenes, empaquetamientos abusivos, cláusulas contractuales abusivas, etc.), o mantener la separación contable y contabilidad de costes y la selección o preselección de operador.
Helene- Reportera Real
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